Artículo 30



  • Artículo 30. Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los Entes Públicos de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.

  • Montos, convocatorias y Listado de Personas
  • Responsable: Dirección Administrativa
  • Fecha de Actualización: 31 de marzo de 2016
  • Fecha de Validación: 30 de abril de 2016




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